Tribunal de Cartago da trámite a querella de Calzada contra Cisneros
El proceso por presunta difamación incluye un reclamo civil. Pilar Cisneros negó haber cometido el delito y dijo que aún no había sido notificada. Dar curso a la querella no equivale a una condena.
El paso procesal
El Tribunal Penal de Cartago dio curso a la querella y acción civil resarcitoria presentadas por Ana Virginia Calzada contra Pilar Cisneros. Teletica publicó la noticia el 2 de octubre y situó la resolución en el miércoles anterior. Diario Extra corroboró posteriormente el trámite, el reclamo por presunta difamación y los plazos señalados para que la exdiputada ejerza su defensa y designe representación legal.
Respuesta y límites
El conflicto proviene de declaraciones emitidas durante la campaña electoral, cuando Calzada aspiraba a la Presidencia. Cisneros respondió a Teletica que no había recibido notificación y negó haber cometido difamación. Esa afirmación es su versión y no permite establecer por sí sola qué diligencias de comunicación realizó el tribunal. La admisión de la querella abre un procedimiento: no prueba los hechos alegados, no fija una indemnización y no significa que exista una condena. Las fuentes consultadas tampoco permiten anticipar el desenlace del caso.